¿Qué documentos hay que presentar para la nacionalidad española por residencia?
Un adulto presenta el modelo de solicitud normalizado y aporta el certificado de nacimiento del país de origen, el pasaporte completo y en vigor y el justificante del pago de la tasa. Los mayores de 18 años añaden el certificado de antecedentes penales del país de origen, y las personas casadas, el certificado de matrimonio. Los menores de 14 años, los refugiados y los apátridas tienen reglas propias.
¿Cuáles son los documentos básicos para pedir la nacionalidad por residencia?
Un adulto presenta el modelo de solicitud normalizado. Además, hay que aportar el certificado de nacimiento del país de origen, debidamente legalizado y traducido en su caso. También hay que aportar el pasaporte completo y en vigor del país de origen. Ese pasaporte debe coincidir con el país de origen que conste en la tarjeta de residencia. Por último, hay que aportar el justificante del pago de la tasa. Estos son los documentos de base. Según la edad, el estado civil o la situación de cada persona, se suman otros documentos o se quitan algunos.
¿Qué documentos añaden los mayores de 18 años y las personas casadas?
Los mayores de 18 años aportan el certificado de antecedentes penales del país de origen, legalizado y traducido. Los nacionales de países de la Unión Europea pueden sustituir ese certificado por el del Registro Central de Penados español donde conste que se han consultado los antecedentes con el país de origen. Las personas casadas aportan además el certificado de matrimonio del país de celebración, traducido y legalizado en su caso. Estos dos documentos se suman a los básicos: el de antecedentes penales depende de la edad y el de matrimonio, del estado civil.
¿Qué casos tienen reglas propias o excepciones?
Para un menor de 14 años se exige el certificado de un centro de formación, residencia, acogida, atención o educación especial que acredite su integración, obligatorio en edad escolar. Los refugiados y apátridas no tienen que aportar el certificado de nacimiento ni el pasaporte si acreditan esa condición en los términos que determine el Ministerio de Justicia. Tampoco hace falta aportar la justificación de las pruebas del Instituto Cervantes si en el modelo de solicitud se autoriza expresamente su consulta. Son tres casos distintos: el primero depende de la edad, el segundo de la condición de refugiado o apátrida, y el tercero de una autorización que se da en la propia solicitud.
¿Cómo se presentan los documentos en la sede electrónica?
En la sede electrónica, el modelo de solicitud normalizado se sustituye por el formulario on-line. Es decir, se rellena el formulario en lugar de presentar el modelo. Durante la solicitud, los documentos se digitalizan y se adjuntan. Eso vale para los que correspondan a cada caso, desde el certificado de nacimiento hasta el justificante del pago de la tasa. Si ya has iniciado un expediente en la sede electrónica, se puede aportar documentación adicional a ese expediente. La aportación de documentos no se limita al momento de rellenar la solicitud.
Fuentes oficiales
Texto del Equipo TuCitIA, preparado con ayuda de IA solo con lo que dicen estas fuentes. Comprobado el 25/10/2026. Revisión de Miguel Ortiz: pendiente. Cómo lo hacemos.