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¿Cómo y dónde se solicita la nacionalidad española por residencia?

La nacionalidad española por residencia se solicita en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, sede.mjusticia.gob.es, porque el procedimiento es electrónico en todas sus fases. Para presentar la solicitud necesitas identificación y firma electrónica, y la sede avisa de que hace falta tener instalada en el equipo la aplicación AutoFirma.

¿Dónde se presenta la solicitud de nacionalidad por residencia?

La solicitud de nacionalidad española por residencia se presenta en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, en sede.mjusticia.gob.es. El procedimiento es electrónico en todas sus fases: la solicitud se crea en la sede, se firma y se presenta allí. Para la nacionalidad por residencia, esa es la dirección donde empezar el trámite. Las solicitudes solo pueden presentarse por la aplicación electrónica o conforme a las reglas generales de presentación de solicitudes ante las Administraciones Públicas. El modelo normalizado de solicitud está disponible en la página web del Ministerio de Justicia, por si buscas el formulario.

¿Qué necesito para presentar la solicitud por internet?

Presentar la solicitud en la sede electrónica exige identificación y firma electrónica del interesado o de su representante. Es decir, se identifica y firma la persona que solicita o quien la representa. La sede avisa además de que hace falta tener instalada en el equipo la aplicación AutoFirma. Es un requisito técnico que conviene revisar antes de empezar, porque la firma electrónica es parte de la presentación. La identificación y la firma electrónicas no son un paso opcional: la sede las exige para presentar la solicitud. Quien lo requiera puede usar los medios electrónicos puestos a su disposición en las oficinas públicas correspondientes para acceder a la aplicación.

¿Cuánto tiempo hay para completar la solicitud en la sede?

Desde que se crea la solicitud en la sede hay dos meses para completarla. Completarla significa firmarla y presentarla. Los dos meses se cuentan desde que se crea, no desde que la firmas. Si pasados esos dos meses no se ha firmado y presentado la solicitud, la sede la borra automáticamente. Por eso conviene tener presente la fecha en que creas la solicitud. Cuando la solicitud se presenta electrónicamente, se entrega un justificante con fecha y hora y un número de expediente. Ese número sirve para consultar el estado de tramitación. Es decir, el justificante deja constancia de cuándo se presentó y el número te permite seguir el expediente.

¿Puedo solicitarla en nombre de otra persona?

Sí. El mismo formulario de la sede sirve para solicitar para uno mismo o en representación legal de un menor o de una persona con discapacidad. No hay que buscar un formulario distinto según el caso. También puede cumplimentar la solicitud un representante voluntario, siempre que tenga mandato o poder del interesado. Es decir, hay dos casos de representación: la legal, para un menor o una persona con discapacidad, y la voluntaria, que exige mandato o poder. Recuerda que presentarla en la sede exige identificación y firma electrónica del interesado o de su representante. Cuando actúa un representante, la identificación y la firma pueden ser las suyas.

Fuentes oficiales

Texto del Equipo TuCitIA, preparado con ayuda de IA solo con lo que dicen estas fuentes. Comprobado el 25/10/2026. Revisión de Miguel Ortiz: pendiente. Cómo lo hacemos.